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¿Qué órganos intervienen en el proceso constituyente?

Los tres órganos que participan en este proceso son el Consejo Constitucional, elegido mediante votación popular; la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad, ambos designados por el Congreso Nacional. Las tres instancias están conformadas según criterios de paridad.
Organismo responsable de debatir y aprobar una propuesta de nuevo texto constitucional. Está compuesto por 50 miembros elegidos en la elección celebrada el 7 de mayo de 2023 mediante votación popular y obligatoria, siguiendo las reglas de elección de senadores.
Las candidaturas se presentaron en listas formadas por partidos o coaliciones y podían incluir a independientes, bajo el criterio de paridad de género (25 hombres y 25 mujeres).
Respecto de los miembros de pueblos originarios, podían presentar sus candidaturas las personas indígenas que fuesen ciudadanos con derecho a voto y que acreditaran su pertenencia a algún pueblo indígena. Estas candidaturas debían ser individuales y formaron una única circunscripción nacional con una papeleta electoral propia, distinta a la del resto de los consejeros constitucionales. Los votantes indígenas eligieron entre las candidaturas indígenas de dicha circunscripción nacional o los candidatos generales de su circunscripción.
Los miembros del Consejo Constitucional reciben una dieta mensual de 60 UTM, además de asignaciones para asesoría legislativa, que son administradas por un Comité Externo.
El Consejo Constitucional inició sus funciones el 7 de junio. Ese día se eligió a su mesa directiva, integrada por su Presidenta, Beatriz Hevia y su Vicepresidente, Aldo Valle.
Este órgano debe aprobar la propuesta de nuevo texto constitucional en un plazo de 5 meses a partir de su instalación, para posteriormente someterla a un plebiscito.
Órgano responsable de presentar al Consejo Constitucional un anteproyecto de nuevo texto constitucional. Está compuesta por 24 comisionados designados por ambas cámaras del Congreso Nacional en una sesión especial, siguiendo el principio de paridad de género. 12 comisionados fueron elegidos por el Senado y 12 por la Cámara de Diputados, con un quórum de 4/7 de los miembros en ejercicio y en una sola votación.
La Comisión Experta comenzó la redacción de un anteproyecto el 6 de marzo y lo entregó el 6 de junio.
Los comisionados debieron demostrar experiencia profesional, técnica y/o académica de al menos 10 años, ya sea en el sector público o privado, circunstancias que fueron evaluadas por la Cámara de Diputados y el Senado. Reciben una dieta mensual de 30 UTM.
Órgano encargado de resolver las objeciones presentadas contra propuestas de normas aprobadas por comisiones, el pleno del Consejo Constitucional o la Comisión Experta, que contravengan las bases institucionales definidas en el Acuerdo por Chile.
Está compuesto por 14 abogados con al menos 12 años de experiencia en el sector público o privado. Su integración es paritaria.
Sus miembros fueron propuestos en una única lista por la Cámara de Diputados, que debió ser aprobada por 4/7 de sus miembros en ejercicio. Esta lista fue ratificada por el Senado con el mismo quórum. Sus integrantes reciben una retribución equivalente a 10 UTM por sesión realizada, con un límite de 30 UTM al mes.
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